La Comisión Europea presentó en marzo de 2014 una propuesta de regulación de la importación de “minerales en conflicto”. Desde entonces ALBOAN, junto a otras organizaciones de la sociedad civil, agrupadas en redes de carácter internacional, ha estado trabajando para hacer incidencia ante nuestros representantes europeos para que se pueda cumplir el objetivo que persigue la regulación: romper el vínculo entre la extracción y comercio de los recursos naturales y los conflictos.
La propuesta que la Comisión Europea ha puesto sobre la mesa, en opinión de las ONGs, presenta varias debilidades que se deben reforzar para que la normativa pueda cumplir con su objetivo de manera efectiva.
La primera es que la regulación que plantea la Comisión no tiene carácter obligatorio. Por el contrario, las ONGs plantean que sea de obligado cumplimiento para las empresas. Se ha comprobado que las regulaciones voluntarias no tienen impacto. Un ejemplo de ello es la guía de Diligencia Debida de la OCDE. La guía establece una serie de recomendaciones para que las empresas se compromentan a autodiagnosticarse de manera voluntaria sobre el origen de los minerales que utilizan y a hacer pública esa información en sus informes anuales o páginas web. A pesar de que esta guía lleva casi 5 años vigente y desde la Unión Europea se ha promovido su uso desde el 2011, el 93% de las empresas no la están aplicando. Además, el 7% de empresas que la aplican, son las que se ven afectadas a su vez por la ley Dood Frank, una normativa estadounidense equiparable que si es de obligado cumplimiento.
La segunda es que la normativa planteada se aplicaría solo a las empresas importadoras de minerales. Esto representa un número muy escaso de entidades, ya que la mayoría de empresas europeas que en sus productos finales contienen estos minerales, los traen ya en forma de componentes o productos fabricados, por lo que la regulación no les afectaría.
La tercera hace referencia a que la regulación sólo afecta al tantalio, tugsteno, estaño y oro. Las ONGs proponen ampliar el número de elementos a los que la regulación afectaría a cualquiera que esté contribuyendo a financiar conflictos. Por ejemplo, en República centroafricana con los diamantes, en Colombia con el níquel, platino y esmeraldas, en Perú con el cobre o el Jade en Myanmar, según el informe del 2013 de la ONG SOMO.
Además, este punto es especialmente importante. La norma europea supera el error de la limitación territorial” de la ley estadounidense Dodd Frank de centrarse en un solo lugar del planeta (R.D.Congo). Choca pues la idea de ampliar el foco territorial, pero no el de los minerales y los demás recursos naturales que están financiando o alimentando estos conflictos.
Estas son las peticiones que ALBOAN y otras ONGs están llevando a nuestros representantes en el parlamento europeo. Todos y todas han sido informados de esta campaña y de la petición de recogida de firmas entre la ciudadanía que se está llevando a cabo a través de la web DE tecnología libre de conflicto para apoyar estas propuestas.
En esta plataforma hemos alcanzado la nada desdeñable cantidad de 8500 adhesiones y queremos llegar a las 10.000 firmas.
Cuántos más seamos mayor será nuestra presión y más alto se oirán nuestras voces y las voces de quienes padecen las consecuencias de estos conflictos. Se prevé que la votación en plenario de esta regulación sea a finales de abril, el tiempo se nos está acabando.
¡Hagamos que la regulación cumpla su objetivo y rompamos el vínculo entre extracción y comercio de recursos naturales y conflictos!